Reestructuración de deuda en empresas: ¿Qué esperar para el próximo semestre en Argentina?

Dr. Ariel A. Di Bártolo

adb@lorentelopez.com

Artículo Publicado en el diario Ámbito Financiero el 4 de abril de 2020.

Cuando llegue el momento de levantar la cuarentena por el coronavirus se aguarda un aumento de los concursos preventivos, pedidos de quiebras y quiebras efectivas. Los procesos de insolvencia derivan en consecuencias gravísimas si no son atacados en el tiempo oportuno. Reestructurar los pasivos de una sociedad permite poder continuar con la actividad empresaria.

Restructuración de deuda en empresas: ¿Qué esperar para el próximo semestre en Argentina?

A partir del contexto que atravesamos a nivel país, no será de extrañar el aumento significativo de los concursos preventivos, pedidos de quiebras y quiebras efectivas, que pudieran surgir al momento de levantarse la cuarentena por el coronavirus.

La Argentina, así como el mundo, atraviesa circunstancias extraordinarias que impactan sobre su situación económica y financiera y la de las empresas. Al respecto, podríamos enumerar: la caída del consumo; las altas tasas de interés o la ausencia de créditos; la inflación, la pérdida de rentabilidad y la presión fiscal.

Más allá de que suelen aparecer como temas similares, resulta clave diferenciar que nada tiene que ver un concurso preventivo de acreedores con un proceso de quiebra.

El concurso preventivo tiene, como finalidad principal, reestructurar los pasivos de una persona o sociedad para poder superar su estado de insolvencia y de esta forma poder continuar con la actividad empresaria.

No es necesario ser un especialista para saber que Argentina obliga a todo empresario a conocer y analizar esta herramienta.

Más aún, es necesario internalizar que atravesar un proceso de este tipo, nada tiene que ver con un fracaso empresarial sino todo lo contrario. El concurso preventivo busca evitar la quiebra a través de un proceso que permite negociar los pasivos de los acreedores y proponer formas y plazos de pago posibles.

Es importante tomar conciencia de que, en la mayoría de los casos, la propia economía obliga a una empresa a pasar un proceso de reestructuración de sus deudas por más esfuerzos que intenten hacer los dueños, directores y gerentes de las compañías.

En esta toma de decisiones, es importante que los asesores de las empresas, entiendan y ayuden a las personas que toman las medidas para atravesar esa situación explicando con detalle las distintas alternativas y consecuencias. No se nos debe escapar que los procesos de insolvencia derivan en consecuencias gravísimas si no son atacados en el tiempo oportuno.

A modo descriptivo, podemos decir que el concurso preventivo es un proceso bajo el cual el deudor propone a sus acreedores una salida consensuada, bajo la vigilancia de un síndico, quien cumple una función de control. En concreto, el concurso es entonces un proceso de saneamiento del pasivo de la empresa. La organización en concurso preventivo continúa con sus operaciones normales y habituales, cuya administración y propiedad siguen siendo del o los empresarios.

El concurso preventivo, entre otros varios efectos genera que:

(I) El deudor no pueda pagar las deudas anteriores a la presentación judicial en concurso, y por ende los acreedores tienen prohibido reclamarlas.

(II) Se suspende –como regla general- los intereses de las deudas anteriores a la presentación en concurso.

(III) Se suspenden las ejecuciones (comerciales, fiscales, etc.).

(IV) Permite el levantamiento de las medidas cautelares y embargos trabados basados en créditos anteriores al concurso-

(V) Admite la obtención de un plan de pagos de la AFIP y demás organismos recaudadores, dirigidos especialmente a deudores en concurso preventivo.

Es importante hacer hincapié sobre la idea de que un concurso preventivo no es una quiebra, ni un fracaso del empresario, el directorio o los gerentes, sobre todo en crisis mundiales como las que estamos atravesando.

Por el contrario, esta es una herramienta legal que busca generar un espacio para superar ese estado, para poder cumplir adecuadamente con los acreedores y continuar con la actividad de la empresa. Entender esto último a tiempo, permitirá evitar consecuencias aún más graves.

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Superior Tribunal de Justicia de Corrientes – Rechazo retroactividad Ley Bases

Dra Rocio Pucci El miércoles 04 de diciembre del corriente año, el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes resolvió que no corresponde la aplicación retroactiva de la ley bases respecto a la sanción que preveía el artículo 80 de la LCT, según el texto de la Ley 25.345.En este sentido, en los autos caratulados “CABRAL MATÍAS SEBASTIAN C/ CURUZU BUS SRL S/ LABORAL” (Expte Nª CXP – 16922/22) se abordó la procedencia de la indemnización prevista en uno de los artículos expresamente derogados por el Capítulo VI de la ley 27.742, y se resolvió su aplicación NO retroactiva haciendo particular énfasis en el carácter indemnizatorio de la sanción que preveía el artículo 80 de la LCT según el texto de la Ley 25.345. En el fallo indicado, la Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia dictada en PrimeraInstancia, y consideró que los haberes consignados en los certificados de trabajo entregados no se correspondían con los que realmente debió haber percibido el trabajador. Esto motivó que el demandado debiera abonar la indemnización equivalente a tres veces la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida por el trabajador durante el último año, o bien durante el tiempo de prestación de servicios si éste fuera menor. Contra dicho pronunciamiento la parte demandada dedujo el recurso de inaplicabilidad de ley a los efectos de que se aplique lo previsto por la Ley de Bases y Punto de Partida para la Libertad de los Argentinos Nro 27.742. El argumento central se basó en que el artículo 80, último párrafo de la Ley de Contrato de Trabajo, regulaba una “multa” y no una “indemnización”, lo que facultaba la aplicación del principio de retroactividad de la ley penal más benigna. El Superior Tribunal sostuvo la aplicación NO retroactiva de lo dispuesto en la Ley 27.742basándose en que esta norma resulta aplicable desde su entrada en vigencia, es decir, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina (09/07/2024) salvo en aquellos títulos o capítulos en donde se disponga lo contrario.A su vez, consideró que la Ley de Contrato de Trabajo NO regula tipos penales que justifiquen la aplicación del principio de retroactividad en función de la ley más benigna, sino más bien determina indemnizaciones a favor de los trabajadores atento a su carácter de sujetos constitucionalmente tutelados. Para concluir, este es el primer criterio emanante de un Superior Tribunal provincial en lo que a la aplicación de las multas expresamente derogadas por la Ley 27.742 refiere, lo que sin dudas marca un precedente al respecto y nos impulsa a ser inteligentes en cuanto a qué estrategias adoptar hacia el futuro. Como siempre quedamos a disposición para resolver cualquier duda o inquietud que se les puedan presentar y les informamos que nos encontramos realizando capacitaciones para todos los clientes a fin de explicar detalladamente no sólo lo expresado en la ley, sino también en sus reglamentaciones posteriores.

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Nos complace anunciar que Javier Lorente ha sido designado para integrar la Junta Directiva de INSOL International. INSOL International es una federación global que agrupa a asociaciones nacionales de contadores, abogados y otros expertos en reestructuración e insolvencia. Con más de 45 asociaciones y más de 12.000 profesionales de 105 países, INSOL International representa un foro fundamental para el intercambio de conocimientos en nuestra industria. Además, INSOL cuenta con grupos auxiliares que incluyen a miembros del poder judicial, reguladores, prestamistas y académicos. Estos grupos aportan una perspectiva valiosa, ayudando a abordar desafíos comunes y fomentando la colaboración entre diversos actores del sector. Desde su creación en 1982, INSOL International ha ganado un prestigio incomparable, consolidándose como la asociación líder en insolvencia a nivel mundial. Es una fuente clave de conocimiento que impulsa proyectos significativos en beneficio de las comunidades empresariales y financieras en todo el mundo. Como estudio argentino, estamos muy orgullosos de esta designación, que fortalece nuestro compromiso con la excelencia profesional y nuestra participación activa en foros internacionales.

Lorente & López Abogados acompaña exitosamente la adquisición de activos en el complejo «Al Río» de Vicente López

Estimados clientes y colegas: Nos complace compartir un importante logro de nuestro estudio. En Lorente & López Abogados, hemos tenido el honor de colaborar con el Grupo Inversor conformado por Walter Roman, César Escandarani y Maja Group en la adquisición de activos dentro del proceso concursal de Ribera Desarrollos S.A., vinculado al emblemático complejo «Al Río» en Vicente López. Una operación desafiante y compleja Este proyecto ha supuesto un proceso judicial extenso y desafiante. La transacción incluyó múltiples fases, entre ellas la adquisición de créditos y la negociación con los principales acreedores y stakeholders de la sociedad concursada. Cada paso requirió no solo un profundo conocimiento técnico, sino también una estrategia cuidadosamente elaborada para garantizar que el proceso avanzara sin contratiempos y con total transparencia. Estamos orgullosos de haber alcanzado este hito y agradecemos la confianza que el Grupo Inversor depositó en nuestro equipo. Un equipo comprometido y especializado El éxito de esta operación fue posible gracias a la labor del equipo de Lorente & López Abogados, encabezado por Ariel A. Di Bártolo, quien lideró la operación, junto con el socio Martín Rozental y las abogadas Denise Orsini, Giselle Comesaña y Paula Cattelan. Cada uno de ellos contribuyó con su experiencia y dedicación para hacer de este un caso ejemplar en el ámbito del derecho concursal. Comprometidos con el asesoramiento en transacciones complejas En Lorente & López, nos enorgullece brindar un asesoramiento jurídico especializado que permita a nuestros clientes abordar transacciones de gran envergadura, superando obstáculos y generando resultados efectivos y sostenibles. Este logro es un reflejo de nuestro compromiso con la excelencia y la confianza que nuestros clientes depositan en nosotros para liderar operaciones de alta complejidad. Agradecemos nuevamente al Grupo Inversor y a todos aquellos involucrados en este proyecto. Cordialmente, Lorente & López Abogados

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Nuestro socio, Diego M. Oliveira, participó en el XVI Congreso de Derecho Laboral y Relaciones Laborales organizado por la Sociedad Argentina de Derecho Laboral (SADL), celebrado los días 16, 17 y 18 de octubre. El evento reunió a destacados juristas, magistrados, abogados asesores de empresas y representantes del ámbito gremial. Durante el congreso, Diego expuso sobre un tema crucial para el sector empresarial: «Ley de Bases y Capítulo Laboral: ¿Una reforma que trae soluciones o nuevos desafíos para las PyMEs?». En su intervención, abordó aspectos clave como la extensión del período de prueba y las implicancias del art. 245bis LCT respecto al despido discriminatorio. También presentó propuestas de mejora para la reglamentación del art. 242 LCT en relación con el despido con causa por bloqueo o toma de establecimiento. Su aporte fue un reflejo del compromiso de nuestro estudio con el análisis profundo de los cambios normativos y su impacto en el sector empresarial.

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12 miembros del equipo de Lorente & Lopez Abogados participaron del XII Congreso Argentino de Derecho Concursal que tuvo lugar en la Facultad de Derecho, Universidad de Buenos Aires. En particular queremos destacar las participaciones de Noel Rubachin y Paula Cecilia Cattelán como autoridades de mesa y a través de sus ponencias y las de Denise Orsini, Facundo Ursino, Mariano Nicolás Giardelli y Giselle Soledad Comesaña que también expusieron sus ponencias en el Congreso. Es muy importante para nosotros complementar la gestión de los casos y asuntos de nuestros clientes con el crecimiento académico del equipo para poder encontrar siempre las mejores soluciones a los casos concretos.

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