Dra. Giselle Comesaña
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En el día de hoy se publicó la Resolución General N° 18/2020 de la I.G.J. (en adelante, la “Resolución”), con el objeto de preservar la institucionalidad asociativa y cumplir con la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” establecida mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 y sus posteriores prórrogas (en adelante, el “DNU”).
En este sentido, la Resolución en su artículo primero prorrogó los mandatos de los miembros de los órganos de gobierno, administración y fiscalización de las Asociaciones Civiles controladas por la I.G.J., cuyos vencimientos operaron u operen a partir de la entrada en vigencia del DNU, es decir el 20 de marzo de 2020, y mientras dure la misma, por el término de 120 días a partir del día de hoy, prorrogables en caso de subsistir la situación de emergencia.
Asimismo, el artículo segundo de la Resolución exceptúa lo dispuesto en el párrafo anterior a las Asociaciones que desearen elegir autoridades mediante asamblea celebrada a distancia, conforme a lo dispuesto por la Resolución General N° 11/2020 de la I.G.J., la cual autoriza la celebración de reuniones del órgano de gobierno y de administración a distancia, aunque no estuviere previsto en el estatuto, en tanto dure la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”. No obstante, la Resolución exige que deberá oficializarse sólo una lista de candidatos a los órganos electivos.
Finalmente, el artículo tercero de la Resolución dispone que, los procesos electorales que hayan sido postergados conforme al artículo primero de la Resolución, deberán recomenzar en cuanto finalice el período de excepción y elegir autoridades en la primer asamblea que se convoque.
Se adjunta la Resolución General N° 18/2020 de la I.G.J.
Desde ya que estamos a disposición por cualquier duda o consulta que pudiere surgir con la implementación del presente.