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En el día de la fecha se publicó en el Boletín Oficial, el DNU 761/20, que prorroga por 60 días el DNU 329/20, 487/20 y 624/20 por el cual se dispuso la prohibición de suspender y despedir sin causa por 60 días, que ahora se extenderá hasta el mes de septiembre.
El citado DNU establece en sus artículos segundo y tercero la prohibición de de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de 60 días contados desde el 29/05 que era la fecha de finalización original.
En el marco de esta medida, continúa vigente la posibilidad de suspender por el artículo 223bis de la Ley de Contrato de trabajo y se aclara que toda suspensión y/o despido que se produzca en violación a lo establecido en el DNU, no producirán efecto y se mantendrán vigentes las relaciones laborales existentes.
Se adjunta DNU 761/20.
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