Dra. Marina Lopez Armada
mla@lorentelopez.com
Anticiparse a las nuevas medidas que estudia el Gobierno, poder analizar su impacto en la estructura interna de la compañía y adaptarse, es sin duda una cualidad invalorable en el mundo tan dinámico que nos rodea.
Por ello, este artículo busca poner en vuestro conocimiento los proyectos legislativos que se encuentran bajo estudio, en particular la nueva licencia con goce de haberes para trabajadores que tengan a su cargo hijos menores de 6 años y una adecuación horaria para los empleados con hijos menores de 12 años, o tenga a su cargo personas con discapacidad y/o adultos mayores.
Análisis de la cuestión
A través del presente informamos que el día 25 de junio de 2020 se sancionó en el Senado de la Nación la ratificación del Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo – OIT – sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, entendiendo como tal a comportamientos y/o prácticas inaceptables sea que se manifiesten por única vez o de manera repetida y sean susceptibles de causar daño físico, psicológico, sexual o económico.
En cuanto al ámbito de aplicación personal dicho convenio ampara a todos los trabajadores independientemente de su modalidad contractual, incluidos los pasantes y/o aprendices así como los postulantes en una etapa precontractual; trabajadores sea de la economía formal como informal, en zonas urbanas o rurales. Aplicable en el sector público y privado.
La protección abarca todos los ilícitos que ocurran durante el trabajo, en relación al trabajo o como resultado del mismo y en cualquier ámbito. Es decir, no solo en su lugar donde se desarrollen las tareas sino en los desplazamientos, viajes, actividades sociales y/o de formación vinculadas, así como en el marco de las comunicaciones realizadas por cualquier medio.
En el marco de dicho acuerdo internacional, nuestro país se encuentra adaptando la normativa interna para garantizar la igualdad y la no discriminación en el empleo. En tal sentido, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación junto con el Ministerio de la Mujer, Géneros y Diversidad están trabajando en una resolución conjunta próxima a publicarse en el Boletín Oficinal para promover que no solo las mujeres sino los varones y otras identidades (lesbianas, gays, bisexuales, travestis, transgerenos, intersex y más (LGBTI+) hagan uso de las licencias vigentes en cada convenio colectivo de trabajo para tomar parte en las tareas de cuidado de los miembros del hogar, de forma de evitar la sobrecarga de las mujeres y la feminización de dichos labores.
Consecuentemente, ya circula un proyecto de licencia para dispensar del débito laboral a aquellos trabajadores, ya sea que cumplen tareas presenciales como remotas, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado de niños menores de 6 años y la adecuación horaria para aquellos otros que acrediten estar al cuidado de personas con discapacidad o adultos mayores. Esto último implica el derecho de los trabajadores a pautar horarios compatibles con las tareas de cuidad o de solicitar dos interrupciones por jornada. Todo ello con goce íntegro de haberes mientras se prolongue el aislamiento social, preventivo y obligatorio
y/o la suspensión de clases presenciales en la localidad donde resida el trabajador.
Ello entre otras medidas que se encuentran bajo estudio.
Conclusión
Conocer en forma previa medidas como las comentadas en el presente artículo permitirá a vuestras empresas implementar las acciones necesarias para anticiparse a las contingencias que pudiera ocasionar la reducción de personal amparado en dicho beneficio.
Por ello es importante comenzar a trabajar con el departamento de RRHH para analizar los legajos de los trabajadores, de esta forma cuantificar la cantidad de empleados que estarían abarcados por la medida y diagramar nuevos esquemas de trabajo.
Al mismo tiempo, otorgar estas licencias y/o pautar horarios especiales con los trabajadores que se encuentran atravesando la difícil situación de compatibilizar sus obligaciones laborales con los deberes esenciales en su rol de padre / madre, aún cuando no se encuentre publicada la normativa, sin duda genera empatía y promueve una mayor contracción al trabajo en los horarios en los que los empleados pueden tener una mayor disponibilidad de concentración y dedicación exclusiva, eso desde ya siempre que la naturaleza de las tareas así lo permitan.
Desde ya estamos a disposición por cualquier aclaración y/o consulta al respecto, y los mantendremos informados una vez que entre en vigencia el proyecto de resolución.