Reuniones a distancia de las personas jurídicas fiscalizadas por la I.G.J.

Dra. Giselle Comesaña

gsc@lorentelopez.com

En el día de hoy se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General N° 29/2020 de la Inspección General de Justicia (en adelante la “Resolución”), cuyo objeto es regular el deber de fiscalización que dicho Organismo tiene frente a las sociedades del artículo 299 de la Ley N° 19.550 (o las que sean fiscalizadas a solicitud de los accionistas que representen más del 10% del capital social o a pedido de los síndicos), las Asociaciones Civiles y las Fundaciones, respecto a las reuniones a distancia que las mismas lleven a cabo; ello en virtud del contexto actual de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio dispuesto mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 y sus posteriores prórrogas.

Asimismo, se podrá solicitar de manera remota la concurrencia de inspectores a pedido de parte interesada, sean las reuniones objeto de veeduría celebradas de forma presencial o a distancia.

Res.-Gral.-29-2020-IGJ | Descarga

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