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En el día de la fecha se publicó en el suplemento del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, la Resolución Conjunta n°2-MTGP dictada por el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires (en adelante, la “Resolución”), por medio del cual se establece que tanto los empleados de la administración pública como de empresas privadas no deberán presentar una prueba de PCR negativa luego de haber estado contagiados de coronavirus para retomar sus tareas de forma presencial. Igual esquema tendrán quienes hayan sido contacto estrecho y deban aislarse sin estar hisopados.
En efecto, la Resolución establece que todos los trabajadores que hubieran sido casos confirmados de CoVid-19 o contacto estrecho, no deberán exhibir test con resultado negativo ni ningún otro certificado similar para su reincorporación a los ámbitos de trabajo como así tampoco sus empleadores podrán requerirlo a tales fines, siempre y cuando hayan cumplido el correspondiente aislamiento previsto para los casos confirmados de CoVid-19, de conformidad con los siguientes criterios:
1. Casos confirmados sin vacunación o con esquema incompleto: deberán realizar 10 días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas.
2. Casos confirmados con esquema de vacunación completo (con la dosis de refuerzo aplicada o con menos de 4 meses de aplicada la segunda o tercera dosis del esquema primario -en los casos en que dicho esquema comprenda 3 dosis-): deberán cumplir 7 días de aislamiento desde la fecha de inicio de síntomas, con al menos 48 horas sin síntomas o con síntomas leves, más 3 días de cuidados especiales
Para quienes hubieran estado aislados no por contagio sino por ser contagio estrecho, no deberán exhibir test con resultado negativo ni ningún otro certificado similar para su reincorporación de acuerdo con los siguientes criterios, cuando sean:
1. Asintomáticos sin vacunación o esquema incompleto (sin dosis de refuerzo y con más de 4 meses de la aplicación de la segunda o tercera dosis del esquema primario – en los casos en que dicho esquema comprende 3 dosis- como las personas mayores de 50 años que recibieron Sinopharm y las personas inmunocomprometidas) que hayan realizado 10 días de aislamiento desde el momento del último contacto con un caso confirmado, o 7 días de aislamiento y hayan obtenido un test negativo a partir del séptimo día (test rápido de antígeno o técnicas moleculares).
2. Asintomáticos con esquema de vacunación completo (con la dosis de refuerzo aplicada hace más de 14 días o con menos de 4 meses de aplicada la segunda o tercera dosis del esquema primario -en los casos en que dicho esquema comprende 3 dosis: personas mayores de 50 años que recibieron Sinopharm y personas inmunocomprometidas) o,
3. Asintomáticos que se han recuperado de un episodio de COVID-19 y que presentan una nueva exposición al virus, dentro de los tres meses del episodio inicial (90 días):
a) se encuentran exceptuados de efectuar aislamiento preventivo.
b) pueden continuar con su actividad laboral.
c) deben extremar las medidas de cuidado sanitario.
En virtud de la cantidad de variables que pueden efectuarse para saber si la empresa está o no en condiciones de exigir la presencialidad y, en su caso, la presentación de un certificado de alta epidemiológica para retomar su actividad laboral, recomendamos una lectura profunda de este boletín y consultarnos ante cualquier duda que se les presente.
Estamos a disposición por cualquier duda o consulta.