Dr. Diego M. Oliveira
dmo@lorentelopez.com
En el día de hoy se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General n° 4693/20 de la Administración Federal de la Seguridad Social (en adelante, la “Resolución”) por medio de la cual se crea el acceso web al “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP” (en adelante, el “Programa”) y que prorroga por dos meses el pago de las contribuciones patronales que vencían en abril.
Esta resolución además permite extender tres días el plazo para la presentación de la declaración jurada de abril correspondiente a la seguridad social por el período devengado de marzo.
Según se desprende de la Resolución, los pagos postergados por el período de marzo deberán realizarse en junio de acuerdo con el cronograma dispuesto en ella y por el número en que finalice la CUIT de cada empleador; y entendemos que esta medida debiera ser complementaria a la reducción o postergación de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales al SIPA previsto en el artículo 1° del DNU 332/20, que hemos enviado oportunamente.
La Resolución establece que para obtener el beneficio, las Empresas deberán:
1.- ingresar al sitio “web” institucional (http://www.afip.gob.ar) con Clave Fiscal, nivel de seguridad 3, como mínimo.
Será requisito para acceder al sistema mencionado, poseer Domicilio Fiscal Electrónico constituido conforme a lo previsto en la Resolución General N° 4.280.
2.- Registrarse en el servicio “web” “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP” entre los días 9 y 15 de abril de 2020, ambos inclusive.
3.- Suministrar entre los días 13 y 15 de abril de 2020, ambos inclusive, aquella información económica relativa a sus actividades que el servicio “web” “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP” requiera para su evaluación.
Recomendamos que se comuniquen con el equipo contable de cada Empresa a los efectos de implementar esta medida con la mayor celeridad posible -y de acuerdo con el cronograma establecido en la Resolución- en atención a que podría verse colapsado el sistema y no poder obtener el beneficio.
Al estar ahora creado el acceso web a la solicitud de la Asistencia, creadas las comisiones de evaluación y control y ya prorrogado el pago de las cargas, entendemos que la semana que viene debiera estar la reglamentación para tornarse 100% operativo el Programa de Asistencia de Emergencia establecido en el DNU 332/20.
En adjunto envío la Resolución referida.
Como siempre, estamos a disposición por cualquier consulta.